La Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí facilita a los usuarios el acceso a la información y da cumplimiento a los dispuesto en la ley de transparencia y derecho de acceso a la información pública.

Lineamientos de la política editorial: los lineamientos de la política editorial de la Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí son:


  • Asegurar de manera efectiva las prácticas de interacción de la entidad con las partes interesadas y la ciudadanía.
  • Fortalecer la identidad institucional a través de los contenidos publicados en el sitio web. · Garantizar la revisión de los contenidos y su actualización permanente.
  • No se debe usar siglas sin que se especifiquen que significan.
  • Divulgar, mediante una amplia circulación la información dirigida hacia los diferentes públicos objetivos de la entidad.
  • Desarrollar un lenguaje sencillo, claro y objetivo.
  • Publicar información que permita la accesibilidad de todos los ciudadanos sin restricción alguna.
  • Asegurar la divulgación de información relacionada con el funcionamiento, gestión y resultados de la entidad de forma amplia y transparente.
  • Mantener y mejorar permanentemente la calidad de la presentación, navegación, vigencia temática y contenido de la página.
  • Articular el enfoque estratégico para asegurar la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea de la Presidencia de la República.
  • Utilizar los recursos de información y comunicaciones propios de la Superintendencia de Puertos y Transporte, o al servicio de la misma, en forma responsable y apropiada, de conformidad con las políticas establecidas y demás disposiciones.

El uso de la información:  La información contenida en este portal podrá ser utilizada teniendo en cuenta las normas que protegen el derecho a la propiedad intelectual, es decir los derechos sobre la propiedad de la información.

Enlaces: El portal contiene enlaces a páginas externas sobre las cuales La Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí no ejerce control alguno y respecto de las cuales no tiene responsabilidad. En este sentido, el contenido de tales enlaces será únicamente responsabilidad de las entidades respectivas o de sus administradores.


Disponibilidad de la información:  La Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí no garantiza el funcionamiento de la red de comunicaciones y por tanto no asume responsabilidad alguna sobre la disponibilidad de este portal. El servidor podrá ser desconectado sin previo aviso.


Actualización de la información: La Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí hará los esfuerzos razonables para incluir información exacta y actualizada en el Portal Web www.hospitalramiriqui.gov.co  Sin embargo, dado que la información cambia tan rápidamente, la  entidad no puede garantizar totalmente la exactitud y actualidad de la información. Además, la Entidad no asume responsabilidad legal alguna sobre la fiabilidad, exactitud, validez, actualidad, utilidad o integridad de cualquier información en esta página web.


Integridad de la información:  Debido a que en la actualidad los medios técnicos no permiten garantizar la absoluta falta de injerencia de la acción de terceras personas en el sitio WEB, La  Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí de ninguna manera asegura la exactitud y/o veracidad de todo o parte de la información contenida en su página, ni su actualización, ni que dicha información haya sido alterada o modificada en todo o en parte, luego de haber sido publicada en la página, ni cualquier otro aspecto o característica de lo publicado en el sitio o en los enlaces, respectivamente.


La Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí no controla, ni garantiza la ausencia de virus ni de otros elementos en los contenidos que puedan producir alteraciones en su sistema informático (software y hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.


En consecuencia, La Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Ramiriquí no se hará responsable de ningún daño ocasionado en virtud de cualquier alteración que se haya efectuado a los materiales o archivos de descarga suministrados directamente por la entidad.


Conjunto de políticas e intervenciones sectoriales y transectoriales que buscan el reconocimiento de las diferencias sociales y en consecuencia, la aplicación de medidas en favor de aquellos grupos sociales en los que esas diferencias significa desventaja o situación de mayor vulnerabilidad, encaminados a lograr la equidad en salud en el marco de los derechos de sujetos y colectivos.


Las poblaciones que presentan mayor vulnerabilidad se enmarcan en los siguientes componentes:


  • Niños, niñas y adolescentes
  • Grupos étnicos
  • Personas en situación de discapacidad
  • Adulto mayor
  • Personas víctimas del conflicto armado

Dimensión transversal gestión diferencial de poblaciones vulnerables

Descargar documento



Administradora de Riesgos Profesionales: Son compañías aseguradoras de vida o empresas mutuales a las cuales se les ha autorizado por parte de la Superintendencia Financiera para la explotación del ramo de los seguros. Están destinadas a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo.


Accesibilidad: Condición que permite, en cualquier espacio o ambiente ya sea interior o exterior, el fácil y seguro desplazamiento de la población en general y el uso en forma confiable, eficiente y autónoma de los servicios instalados.


Afiliado: La persona (cotizante o familiar beneficiario) que tiene derecho a la cobertura de riesgos en salud.

Afiliación: Es el procedimiento mediante el cual los potenciales beneficiarios del Régimen Subsidiado y su núcleo familiar se vinculan al Sistema General de Seguridad Social en Salud.


Administradora del Régimen Subsidiado:Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS): Entidades que manejan (previo contrato con municipios y departamentos) los recursos que el Estado destina para atender a los beneficiarios del régimen subsidiado, es decir, las personas que no tienen dinero para cotizar al sistema de salud. Deben organizar y garantizar la prestación de los servicios de salud autorizados en el POS para el régimen subsidiado. Pueden ser las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Cajas de Compensación Familiar (CCF) y las Empresas Solidarias de Salud (ESS).


Beneficiaros: Personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema. Reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.


BDUA (Base Única de Afiliados):Es la base que contiene la información de los afiliados plenamente identificados, de los distintos regímenes del Sistema de Seguridad Social en Salud. (Régimen Subsidiado, Contributivo y Regímenes especiales).


Contra referencia: Es la respuesta que las IPS receptoras de la referencia, dan al organismo o la unidad familiar. La respuesta puede ser la contra remisión del usuario con las debidas indicaciones a seguir o, simplemente, la información sobre la atención recibida por el usuario en una institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica


Copagos: Los copagos son los aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema.


Cotización: Lo que todo afiliado (trabajadores dependientes, independientes y pensionados) debe aportar cada mes para recibir los beneficios del sistema de salud. Este monto constituye el 12% del ingreso base de cotización (salario mensual devengado).


Cuota moderadora: Es la suma que se cobra a todos los afiliados (cotizantes y a sus familiares) por servicios que éstos demanden. Su objetivo es regular y estimular el buen uso del servicio de salud.


Enfoque diferencial: Se entiende como el “método de análisis, actuación y evaluación, que toma en cuenta las diversidades e inequidades de la población en situación o en riesgo de desplazamiento, para brindar una atención integral, protección y garantía de derechos, que cualifique la respuesta institucional y comunitaria”. Involucra las condiciones y posiciones de los/las distintos/as actores sociales como sujetos/as de derecho, desde una mirada de grupo socioeconómico, género, etnia e identidad cultural, y de las variables implícitas en el ciclo vital - niñez, juventud, adultez y vejez.


Epidemiologia: Estudio del acontecimiento y causas de los efectos de salud en poblaciones humanas. Compara a menudo dos grupos de personas que son semejantes excepto por un factor, tal como la exposición a un químico o la presencia de un efecto sobre la salud. Los investigadores intentan determinar si cualquier factor.


Fosyga: Fondo de Solidaridad y Garantía: Es una cuenta adscrita al Ministerio de Protección Social que se maneja por encargo fiduciario, en la cual se depositan los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud.


IAMII Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), Institución comprometida en dar cumplimiento a los parámetros normativos establecidas por el Ministerio de la Protección Social para desarrollar los diez pasos o criterios globales que garanticen la integración de los servicios en salud, Promoción, Protección y apoyo a la Lactancia Materna, con enfoque de derechos, calidez en la atención, perspectiva de género y criterios de calidad, a la mujer, madres, niños y niñas. El Hospital San Rafael hace parte de estas Instituciones.


Medicamento de venta libre: Se entiende como medicamentos de venta sin fórmula médica aquellos productos farmacéutico que el consumidor puede adquirir sin la mediación del prescriptor y están destinados a la prevención o al tratamiento, alivio de síntomas signos o enfermedades leves que son reconocidas adecuadamente por los pacientes y en ciertas enfermedades crónicas previo entrenamiento y consentimiento por parte del o de los médicos tratantes.


Medicamento genérico: Nombre empleado para distinguir el principio activo que no está amparado por una marca de fábrica. El nombre genérico corresponde generalmente con la Denominación Común Internacional recomendada por la OMS y es usado comúnmente por los fabricantes y reconocido por la autoridad competente para denominar productos farmacéuticos que tienen el mismo principio activo.


Plan de atención básica:  Es un plan de carácter gratuito prestado directamente por el Estado o por particulares mediante contrato con el Estado que contiene acciones en Salud Pública, tales como acciones de información y educación para la salud, algunas acciones de prevención primaria y diagnóstico precoz sobre las personas en patologías y riesgos con altas externalidades o sobre las comunidades en el caso de enfermedades endémicas o epidémicas.


Persona mayor: Persona sin distingo de género, mayor de 60 años; léase también como: Adulto mayor, persona de la tercera edad.


Plan obligatorio de salud POS: Es el conjunto de servicios y de reconocimientos económicos (en el caso del régimen contributivo) que las EPS y ARS deben prestarles a todos los afiliados al SGSSS. Hay un POS para el régimen contributivo (que tiene más beneficios), otro para el subsidiado (con menos beneficios) y dentro de éste uno más pequeño: El de subsidios parciales.


Prevención:  Conjunto de acciones que tienen por objeto identificar, controlar, reducir o eliminar los riesgos derivados de la organización del trabajo, que pueden afectar la salud individual y colectiva en los lugares de trabajo, con el fin de  evitar que ocurran los accidentes laborales o enfermedades profesionales, u ocasionen mayores daños o secuelas en los trabajadores, en conclusión es detectar, evitar, controlar, minimizar, o eliminar los efectos y las consecuencias de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.


Promoción: Conjunto de actividades, intervenciones y programas dirigidos a las personas cuyo objeto es orientar el desarrollo o fortalecimiento de actitudes y hábitos que favorezcan la salud y el bienestar de los trabajadores, así como la participación activa en la identificación y búsqueda de soluciones a los problemas relacionados con las condiciones de trabajo y de vida.


Promoción de la salud:  Busca establecer estilos de vida saludables, a fin de instaurar o fortalecer conductas que influyan en el mantenimiento de estados de salud óptimos en la persona, tenga o no una discapacidad.


Urgencia: Atención de personas que requieren de la protección inmediata por presentar alteración de la integridad física, funcional y/o psíquica por cualquier causa con diversos grados de severidad, que comprometen la vida o funcionalidad de la persona.

--

¿Cuál es la clasificación de atención del servicio de urgencias?

Para determinar la prioridad de la atención de los pacientes en un servicio de urgencias se tendrá en cuenta la siguiente categorización, organizada de mayor a menor riesgo: